Qué hacer frente a la negativa de las obras sociales de cubrir ciertas prestaciones
En este último tiempo se han incrementado, en diferentes estudios jurídicos, las consultas y asesoramiento por la negativa de las obras sociales y prepagas de cubrir ciertas prestaciones o pedidos médicos. En este contexto, la abogada Luciana Zorzábal, del Estudio Jurídico Luciana Zorzábal Juan Andrés Trucco Diego Calderón (Sarmiento y Alem), explica algunas formas de abordaje.
“Estas situaciones, que se repiten, obligan a las personas que tienen una obra social o prepaga contratada a esperar días, semanas, meses y hasta años para lograr una «autorización», que, muchas veces llega tarde, o que la mayoría de las veces terminan siendo abonados de manera particular ante la dilación en el tiempo”, introdujo Zorzábal. “Es frecuente encontrarnos, también, con personas que han desistido ante la constante negativa o silencio o «paseo» de papeleo y documentación, con todo el estrés que conlleva al tratarse de un padecimiento médico”.
Asimismo, la profesional aclara: “Lo que se tiene que saber es que existe un Plan Médico Obligatorio, que es un piso mínimo de prestaciones que deben brindar las obras sociales, pero que ese mínimo no implica que no se pueda reclamar más. Esto último por jurisprudencia de distintos amparos que se han entablado”.
Respecto de cómo se puede proceder ante situaciones donde no hay respuestas por parte de las obras sociales y prepagas, la abogada explica: “Si un médico les ordena una prestación, es obligación de una obra social dar respuesta en un término razonable y que, si no lo hace, se puede acudir al envío de una Carta Documento, que es un medio fehaciente para intimar por un plazo de 48 o 72 horas para obtener una respuesta concreta. Si no se obtiene, siempre queda la vía del Amparo, que es un procedimiento rápido donde se pide con medida cautelar la cobertura de la prestación que es de cumplimiento inmediato”.
Por otro lado, destacó: “En los casos en que se cuenta con Certificado de Discapacidad, es importante remarcar que la cobertura es del ciento por ciento de los prestadores contratados por la obra social con la que se cuenta. La cobertura es integral”. “Desde nuestra experiencia, en la mayoría de estos casos se ha debido iniciar Amparo contra los agentes de salud. Por eso recomendamos asesorarse con un profesional especializado y acudir a la Justicia, que siendo uno de los Poderes del Estado, actúa fallando a favor de los derechos de los pacientes, ordenando a las Obras Sociales y Prepagas a brindar las coberturas que se necesitan”.