Victoria busca tomar el toro por las astas con un proyecto de ordenanza por incendios en islas
Victoria.- El viernes último Paralelo 32 pudo acceder al texto de un Proyecto de Ordenanza que el Ejecutivo Municipal eleva al Concejo Deliberante, “para la acción coordinada del combate de incendios en las islas de nuestra jurisdicción”. El mismo expresa, según se deduce, un plan integral y que no sea de contingencia sino para la acción permanente y coordinada.
Sus considerandos son muy extensos y a su vez interesantes, en tanto pone en claro muchos supuestos, mitos y malentendidos y provee claridad de información a la prensa, tanto de Victoria como de Rosario. Su propuesta está obviamente en la parte resolutiva, que damos a conocer.
Se resuelve
Artículo 1º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial, a efectos de que por el Área de competencia disponga un rol de intervención concreto para la Municipalidad de Victoria, en el Plan Integral Estratégico para la Conservación y aprovechamiento sostenible del Delta del Paraná (PIECAS PD).
Artículo 2º).- ADHERIR a la “Declaración como zona crítica de protección ambiental al ámbito interjurisdiccional del delta del río Paraná de Santa Fe y Entre Ríos” realizada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
Artículo 3º).- INSTAR a las autoridades, la inmediata conformación de una Brigada operativa de combate del fuego en islas, con asiento en la ciudad de Victoria, la cual tendrá como principal objetivo la prevención y la lucha contra los incendios de pastizales en la zona de islas del departamento Victoria.-
Artículo 4º).- REPUDIAR, toda práctica ilegal en nuestras islas, que dañen la Biodiversidad, la flora, la fauna y la vida silvestre.-
Artículo 5º).- MANIFESTAR, nuestra solidaridad con los ciudadanos y vecinos de Rosario y zonas aledañas afectadas por los incendios.-
Artículo 6º).- DEJAR establecido, que las islas, lagunas y riachos ubicadas dentro del Ejido de Victoria, son de dominio público en los términos del art. 235 Inc. d) y c) del Código Civil de la Nación, debiendo los particulares que realicen actividades económicas en los mismas, como así también las autoridades provinciales o nacionales con actuación en dicho territorio, respetar la jurisdicción política y administrativa de la Municipalidad de Victoria y su poder de policía establecido en los artículos 231 y 240 de la Constitución de Entre Ríos.-
Artículo 7º).- ELEVAR copia de la presente, al ámbito del Concejo Deliberante de la ciudad de Rosario, a los efectos de su debida toma de conocimiento.-
Artículo 8º).- Comuníquese.