Sobreyeron a letrado local en causa relacionada al narcotráfico

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Nogoyá.- La semana anterior, la Justicia Federal comunicó resoluciones en el marco de la causa por supuesto narcotráfico que se abrió luego de los allanamientos realizados el 23 de diciembre de 2020 en nuestra ciudad.

En la organización delictiva aparecían como miembros investigados un abogado y al menos siete personas más, quienes estuvieron acusados e imputados por vender drogas. La justicia dispuso en su mayoría el sobreseimiento. Solo dos de los imputados, fueron procesados.

En los allanamientos realizados hace un año atrás, se incautaron pequeñas cantidades de cocaína y marihuana, pero esto para la justicia no fue tomado como un elemento probatorio que comprometa al abogado nogoyaense Mariano Navarro y a otras personas imputadas en la causa.

«Es dable inferir que la sustancia marihuana y cocaína que tenían en su poder algunos de los acusados; como las plantas con capacidad para producir estupefaciente endilgadas, se encuentran destinadas al uso personal de los nombrados como previamente se referenciara» señaló el juez Leandro Ríos en la resolución.

Sin embargo aclaró: «que los diferentes ámbitos en que se lleva a cabo una conducta o en que se exterioriza la misma, ya sea en la intimidad, en la privacidad o en público, aluden a escenarios espaciales valorados conjuntamente con la decisión normativa de relevancia social legítima de dicho comportamiento, en cuanto a su carácter, contenido y efectos en el caso concreto, excedieron el ámbito de la autonomía individual y en consecuencia generaron afectación a terceros, se debe analizar el contexto en que se materializó la tenencia del estupefaciente y el cultivo de las plantas capaces de producir estupefaciente por parte de los mismos, para lo que fue necesario un acto de injerencia estatal con invasión coactiva sobre su esfera de intimidad (orden de allanamiento y requisa vehicular). Y es aquí donde corresponde distinguir las particularidad de cada caso».

Entre las disposiciones de la causa, quedaron sobreseídos Diego Martín Vera por la presunta infracción a la ley 23.737; José María Cardoso, Mariano Sebastián Navarro (abogado), Franco Maximiliano Broin y José Alberto Reynoso, también sobreseídos por los hechos por los cuales fueran indagados, en presunta infracción al art. 14, 2da. parte de la ley 23.737. Así como también Sergio Ceferino Pascualín, Ariel Alejandro Díaz, Andrés Sebastián Alfraro y Juan Edmundo Carrizo, con la aclaración que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado.

En tanto fueron procesados Juan Edmundo Carrizo, relacionado al Oficio N° 1834/20, esto es la tenencia de estupefacientes para consumo personal, previsto y reprimido por el art. 14, 2da. parte de la ley 23.737 y de conformidad a los arts. 306 y 308 del Código Procesal Penal, como así también Cristina Camila Díaz, por el supuesto delito de siembra o cultivo de plantas capaces de producir estupefacientes para consumo personal, previsto y reprimido por el art. 5, inc. a) en relación a su penúltimo párrafo de la ley 23.737 y de conformidad a los arts. 306 y 308 del Código Procesal Penal.

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