En el año 1938, el Presidente de la Junta de Gobierno, don Esteban Pesante, creó una comisión honoraria para que reuniera los datos más importantes relativos a los comienzos de Villa Crespo. En una ímproba tarea se recopilaron importantes documentos del archivo histórico de Entre Ríos, materiales que luego no fueron debidamente aprovechados. Por entonces privaba el criterio de que como día fundacional debía tomarse el 6 de octubre de 1885, por cuanto en esa fecha el Gobernador Racedo firmó la Ley Nº 1288, sancionada por la Cámara de Diputados y Senadores de Entre Ríos, que declaraba de utilidad pública la expropiación de una legua cuadrada a cada costado de la vía del Ferrocarril Central “Entre Riano”, para ser colonizadas en los puntos designados para estaciones intermedias del mencionado ferrocarril.  En consecuencia, esa fecha –6 de octubre de 1885– fue establecida como oficial de la fundación de Villa Crespo, por Resolución Municipal Nº 54.

Era lógico que fuera revisada en nuestros días, por cuanto la Ley Nº 1288 se refiere a todas las tierras que circundaban las estaciones del ferrocarril, y no específicamente a Crespo.

Fu así como durante el gobierno municipal del Intendente Modesto Zapata –según verificó Paralelo 32 en ocasión del centenario– se encomendó un nuevo trabajo para establecer una fecha cierta y fundada en actos administrativos, hallándose la del 24 de abril de 1888, día en que el Gobernador Basavilbaso aprueba la mensura, división y amojonamiento de los terrenos destinados al “Pueblo y Colonia de la Estación Crespo”. No conociéndose otros documentos anteriores que probaran una intención fundacional específica, se tomó como válida la precedente.

Siempre es oportuno recordar estos registros que constan en los archivos públicos, porque ofrecen para la historia bases más sólidas que la memoria o suposición de los primeros pobladores, que quizás desconociendo las decisiones del gobierno provincial suponían que el propietario de las tierras, Ignacio A. Crespo, tuvo algo que ver con el hecho fundacional.

 

© Paralelo 32

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here