Policías condenados por privación ilegal y vejaciones
Victoria.- Mediante sentencia oral de Juicio Abreviado, el miércoles pasado la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías local, a cargo del Juez José Alejandro Calleja, condenó a cuatro policías a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional más la inhabilitación especial parcial por el término de cuatro años, por el delito donde se los imputó bajo la carátula de “Privación Ilegal de la Libertad agravada en concurso ideal con apremios ilegales, vejaciones y lesiones leves agravadas contra Ignacio V. Pereyra”.
Paralelo 32 accedió a detalles de la sentencia y también pudo dialogar telefónicamente con la abogada María Gabriela Silva, que representó a los funcionarios E.G., E.C., M. G. y D.G., quien aclaró que no es su intención hacer declaraciones por fuera de lo acordado, pero que el caso cobró relevancia en la opinión pública y los comentarios vertidos en otros medios de comunicación y redes sociales, avivó una condena social por la permanencia de estas personas dentro de la fuerza policial, hecho que se criticó marcadamente.
Los hechos
El 17 de marzo de 2018, entre las 00:55 y las 01:15 horas, los funcionarios policiales mencionados intentaron detener a Ignacio Pereyra en inmediaciones de su barrio, por una supuesta contravención. Pero tras lograr escapar e ingresar a su domicilio, consta en la imputación de la causa que le dijo a su madre y a su hermana que la policía quiso detenerlo sin motivo valedero. Con posterioridad, Ignacio Valentín Pereyra salió de su vivienda y “fue aprehendido en forma injustificada por los mencionados funcionarios policiales”.
También se constató que uno de los agentes de policía le aplicó golpes innecesarios con la boca del cañón de una escopeta ‘anti-tumulto’ en la parte del pecho, y se aduce que esto ocurrió con la anuencia de los otros tres ya que no impidieron la agresión.
El joven presentó lesiones de importancia en la zona anterior del tórax y sobre el esternón. Y cuando estuvo reducido, Ignacio preguntó a los miembros de la fuerza de seguridad por qué razón lo detenían y lejos de una respuesta razonable, recibió un agravio.
Más allá de que esto no fue la razón de su deceso, sino la autodeterminación que tomó una vez que estuvo en la celda, en esta instancia se juzgó el accionar de los funcionarios para con él, al privarlo de su libertad esa noche. Es oportuno decir también que esta persona tenía antecedentes por otros hechos.
Respecto de la condena a los funcionarios, tendrán una inhabilitación especial parcial por el término de cuatro años, pudiendo desempeñar tareas administrativas y cualquier otra que no requiera la portación de armas, ni custodia o funciones respecto a personas detenidas.
Además de fijar su residencia en los domicilios denunciados, estas cuatro personas deberán abstenerse de realizar cualquier acto molesto y/o perturbador contra los denunciantes, sus grupos familiares y testigos de la causa.
Asimismo, el Juez aclaró que con los elementos probatorios y legales que se mencionan en la causa, tuvo en cuenta en el dictado de esta sentencia y en la fijación de la pena, “Lo que aparece adecuado a la magnitud de los hechos, su naturaleza y extensión y considerando que no se puede imponer pena más gravosa o superior a la solicitada por el fiscal (art. 452 CPP) de manera que receptaré la pena pactada”.
Acto seguido se homologó el convenio de juicio abreviado presentado por las partes.
Reflexión
En un contexto donde la policía bonaerense protagonizó esta semana reclamos salariales y mejores condiciones laborales, esta condena que inhabilita a los culpables para usar armas por un lapso de tiempo, pero les permite seguir trabajando, se traduce en reclamos de la otra parte, que siempre exigirá la máxima pena ante la pérdida. Es entendible. Pero mientras los culpables sigan siendo juzgados y los inocentes sobreseídos, habrá justicia. Hay quienes exigirán más o defenderán lo razonable de este delgada línea que separa la pena de la injusticia.