Será con efecto legal y obligatorio a partir del 1ro. de junio de 2019, debiendo cumplimentarse el procedimiento y reglamento aprobado por Acuerdo General Nº 15/18 del 29.05.18, punto 3º).-
Esta medida fue dispuesta mediante resolución del Tribunal de Superintendencia Nº102/19 el pasado 29 de mayo.
RESOLUCION TRIB. SUP. No102/19///-RANA, 29 de mayo de 2019.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que atento a lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia en el marco del Acuerdo General No 9/19 del 16.04.19, Punto 1o), asignando competencia en materia de familia al Juzgado de Paz de Crespo, conforme la competencia del art. 8 de la Ley Procesal de Familia, salvo que el justiciable opte por iniciar el proceso ante los juzgados especializados en familia de Paraná, a partir del 01.06.19, resulta necesario proceder a la readecuación de los procesos en el marco del Sistema de Notificación Electrónica (SNE).
Que en la ciudad de Paraná el SNE se implementó a partir del 16 de octubre de 2018, y que los abogados litigantes en el fuero ya se encuentran registrados en esta Capital, ante lo cual no resulta necesario entonces efectuar trámites de incorporación de los mismos, ni llevar a cabo un período de prueba.-
Que atento a lo informado por el Actuario precedentemente, el sistema Lex 9 se encuentra instalado en el Juzgado de Paz de Crespo y funcionando correctamente, por lo que se estaría en condiciones de avanzar, es decir proceder a la implementación del Sistema con efectos jurídicos obligatorios en dicha ciudad.
Ante todo lo cual y a tenor de lo resuelto por el Alto Tribunal en el Acuerdo mencionado, los informes presentados y en la convicción que las medidas que se tomen redundarán favorablemente en el avance de la implementación del Sistema Notificación Electrónica ;
SE RESUELVE:
1°) Disponer que el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE) comience a regir, con efecto legal y obligatorio, a partir del 01/06/19 en la ciudad de Crespo, debiendo cumplimentarse el Procedimiento y Reglamento aprobado por Acuerdo General No 15/18 del 29.05.18, Punto 3o).-
2°) Notificar al Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, al Colegio de Abogados de Entre Ríos, Sección Paraná y a los demás colegios de profesionales de la Provincia.
3°) Difundir a través del S.I.C..-
4°) Librar Oficio a todos los organismos judiciales de la jurisdicción Paraná.-
5°) Registrar.