Logró media sanción en Diputados el nuevo régimen de comuna
En la XVI sesión de la Cámara Baja se aprobó por mayoría el nuevo régimen comunas, reglamentando los artículos 232 y 240 de la Constitución provincial. La iniciativa promovida por el Ejecutivo -modificada por los diputados- pasó en revisión al Senado.
El proyecto lo defendió el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, Diego Lara, quien destacó que la iniciativa otorgará “autonomía que no es otra cosa que administrarse por sí mismas dentro de su competencia material y territorial, que le permitirá discutir sus propias normas, elegir sus autoridades y fijar cómo acceder a mayores recursos más allá de la coparticipación”. En ese sentido, el abogado explicó que la autonomía “nacerá de una autoridad superior que es el poder constituyente, de lo que establece la Constitución, y no el ministerio de Gobierno”.
“La Ley será un acto de reparación histórica y de justicia social para muchos jóvenes que quieren quedarse en sus comunidades. Esta Ley llega en tiempos de ajuste y repliegue del Estado nacional, cuando los entrerrianos de los centros rurales necesitan más que nunca la aprobación de esta norma que supondrá un gran esfuerzo del Estado provincial en este contexto y ese esfuerzo demuestra la voluntad de una política de Estado que amplia derechos”, aseguró el legislador justicialista.
La norma dotará a las comunas de “personería jurídica propia y una autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera limitadas a las funciones reconocidas”.
Las comunas estarán gobernadas por dos órganos: “El Departamento Ejecutivo y el Consejo Comunal. Sus autoridades serán designadas por elección popular y directa. Tendrán jurisdicción sobre sus respectivos territorios, la que se extenderá al territorio que por leyes posteriores sean expresamente incorporados a los actuales”.
Los recursos económicos de las Comunas serán los provenientes de: “Las contribuciones por mejoras, tasas, derechos, aranceles, tarifas y precios públicos que impongan por la prestación de sus servicios; las coparticipaciones provinciales y nacionales de acuerdo a lo prescripto en la Constitución Provincial en su artículo 246º; las subvenciones, subsidios y aportes que le acuerden los Gobiernos nacional y provincial; las donaciones y legados que acepte; y todo otro concepto que se prevea recaudar o incorporar durante el ejercicio en nombre de la Comuna, y los excedentes de ejercicios anteriores”.
Sin embargo, el Ejecutivo deberá remitir otro proyecto de Ley a la Legislatura estableciendo las categorías sobre la coparticipación en base a una fórmula polinómica, según adelantó Lara.
La oposición Cambiemos criticó la posibilidad de que se amplíen las estructuras del Estado, y advirtió que muchas Juntas de Gobierno quedarán fuera del régimen.