Le concedieron prisión condicional a la monja Toledo
Nogoyá.- Las denuncias y allanamientos ocurridos en agosto de 2016 arrojaron resultados positivos para las autoridades judiciales de ese momento, ya que encontraron instrumentos de castigo y autoflagelación en el interior del convento de las Hermanas Carmelitas Descalzas de Nogoyá y determinaron con ello que las religiosas que pasaron por el complejo religioso sufrieron castigos permanentes, habituales usos del látigo y el cilicio para autoflagelarse; hubo casos de desnutrición y el plantel de monjas tenía una estricta prohibición de no hablar de lo que sucedía puertas adentro del convento.
Si bien la causa comenzó de oficio tras el testimonio de una monja que logró salir de la ordenación religiosa, luego de los procedimientos y de otros testimonios, la justicia caratuló a la misma como privación ilegítima de la libertad y la principal acusada fue la superiora Luisa Toledo.
En julio de 2019, El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay dio a conocer la condena a la ex priora del Convento Carmelitas de Nogoyá, de tres años de prisión efectiva, a cumplir en la Unidad Penal N° 6 de Paraná, destinada a mujeres condenadas, situación que recién se materializó en agosto del pasado año cuando quedó firme la sentencia.
Ahora, el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi, adoptó la medida de otorgar a la acusada prisión condicional en la causa de delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de las ex carmelitas Silvia Albarenque y Roxana Peña.
Desde ahora y hasta el 23 de agosto de 2024, momento en que concluye la pena, Toledo gozará el beneficio de prisión condicional y deberá fijar residencia en la sede de la Congregación Hijas de San José, en Buenos Aires; “abstenerse de frecuentar lugares nocturnos, consumir alcohol y estupefacientes; desempeñar una actividad laboral o profesional o bien capacitarse cursando estudios pertinentes; y el Patronato de Liberados de Buenos Aires la controlará cada dos meses”, indica el documento judicial.
Suena gracioso para una monja de costumbres austeras y rígidas reglas morales, que se le impida frecuentar boliches nocturnos y consumir alcohol, pero son las condiciones establecidas para la generalidad de los que obtienen este beneficio y la comprenden las generales de la ley.