La reducción de envases de alimentos es ilegal y motivo de multas
Algunas marcas de productos alimenticios retomaron una práctica que ya se había visto en 2001: la reducción de envases y contenido de productos alimenticios para disimular la inflación. Se trata de un acto ilegal sancionado con multas por la Ley nacional 19.511 de Metrología Legal.
La dirección provincial de Defensa del Consumidor es el organismo que ejerce como autoridad de aplicación de dicha norma, que indica que hay algunos productos que deben reunir ciertos estándares en cuanto a contenido: “El azúcar tiene que tener un kilo, no se puede hacer de 900 gramos; el fideo tiene que ser de 500 gramos, no pueden hacer el paquete de 400″, ejemplificó el director provincial de Defensa del Consumidor, Juan Carlos Albornoz; quien consideró que “indudablemente” hay una situación engañosa, de mala fe, para con los consumidores, porque “se debe respetar lo que está establecido por metrología legal”.
El funcionario sostuvo que hace poco intervinieron en un caso por prácticas de este tipo en una fábrica de pastas del parque industrial de Paraná: “Era una marca de fideos que ponía el mismo precio pero hacía el paquete de 400 gramos “, indicó, aunque aclaró que finalmente la situación fue subsanada.
“Lo primero que se hace es un acta de constatación y si ellos se avienen a resolver el tema se los habilita pero si siguen infringiendo la Ley, ahí sí se aplican multas”, explicó sobre los procedimientos una vez detectada la violación de las normas.
Además, Albornoz señaló que existe un acuerdo en el Mercosur porque hay muchos productos que se exportan entre los países integrantes y hay uniformidad en ese sentido.
Fuente: Agencia AIM