La Municipalidad lanzó una nueva moratoria
:format(webp):quality(60)/https://paralelo32cdn.eleco.com.ar/media/2026/09/municipalidad_de_victoria.webp)
El Ejecutivo local instrumentó un régimen especial de regularización de deudas fiscales devengadas al 31 de julio. • El programa se extenderá desde el 1° de septiembre hasta el 30 de noviembre, dividido en dos etapas con escala decreciente de beneficios.
Victoria.- Desde ayer martes 1° de septiembre, los contribuyentes cuentan con un nuevo Régimen Especial de Regularización Tributaria. La medida, oficializada mediante el Decreto Municipal Nro. 650/26, busca facilitar la puesta al día de los tributos devengados y adeudados al 31 de julio de 2026, ofreciendo condonaciones significativas de multas e intereses según la modalidad de pago elegida y la rapidez de adhesión.
El plan contempla un esquema progresivo estructurado en dos etapas clave: la primera beneficiará a quienes se incorporen durante el mes de septiembre, mientras que la segunda abarcará los meses de octubre y noviembre.
Máximos beneficios durante septiembre
Para aquellos vecinos y empresas que formalicen su adhesión durante la Etapa 1 (del 1° al 30 de septiembre de 2026), las condiciones de descuento contemplan:
• Pago de contado: Condonación del 100% de las multas y del 100% de los intereses.
• Hasta 6 cuotas: Condonación del 80% de multas e intereses, cancelables en seis pagos iguales, mensuales y consecutivos, con un interés por financiación del 2,5% mensual.
• Hasta 12 cuotas: Condonación del 60% de multas e intereses, cancelables en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una tasa de financiación del 2,5% mensual.
Segunda etapa: octubre y noviembre
Quienes opten por sumarse en la Etapa 2 (del 1° de octubre al 30 de noviembre de 2026) tendrán acceso a los siguientes esquemas:
• Pago de contado: Condonación del 80% de multas e intereses.
• Hasta 6 cuotas: Condonación del 60% de multas e intereses (cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con 2,5% de interés financiero mensual).
• Hasta 12 cuotas: Condonación del 40% de multas e intereses (cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con 2,5% de interés financiero mensual).
Un dato relevante del régimen es que la medida alcanza también a los intereses y multas de tributos adeudados que ya se hubieran regularizado en planes de pago anteriores al dictado del decreto, siempre y cuando el contribuyente mantenga al día el pago de las cuotas correspondientes.
Requisitos y exclusiones
Para poder acceder a los beneficios de este régimen, desde la Municipalidad se estableció una serie de condiciones indispensables:
—Estar al día: Al momento de la adhesión, los períodos y cuotas corrientes con vencimiento posterior al 31 de julio de 2026 deben encontrarse debidamente pagados.
—Sin ingresos previos: Los conceptos a condonar no deben haber sido abonados con anterioridad al 31 de julio.
—Cancelación efectiva: Acogerse al régimen mediante pago al contado o la firma formal del plan de pagos.
—Sin apremio judicial: No registrar ejecuciones judiciales iniciadas por los conceptos que se pretenden condonar.
¿Qué deudas quedan excluidas?
Desde el Palacio Municipal aclararon que el régimen no contempla:
Deudas correspondientes a multas de tránsito y/o provenientes del Juzgado de Faltas; Canon y concesiones (ingresos no tributarios); Deudas que ya cuenten con juicio iniciado.
Los interesados en informarse, calcular la liquidación de sus deudas o adherir al plan deberán dirigirse a la Dirección de Rentas, ubicada en el Palacio Municipal (intersección de calles Ezpeleta y Sarmiento), de lunes a viernes en el horario de 07:00 a 12:30.
Asimismo, la dependencia habilitó canales de atención remota durante la misma franja horaria: Teléfono fijo: (03436) 420813/ WhatsApp: (03436) 478361

