La fiscalía pidió doce años de cárcel para Urribarri en una causa por corrupción
Paraná.- La Fiscalía pidió hoy doce años de prisión para el ex gobernador y actual embajador en Israel, Sergio Urribarri, en el marco de una causa que lo investiga por supuesta defraudación al estado provincial.
El fiscal Gonzalo Badano hizo la solicitud en el marco del alegato del Ministerio Público Fiscal, que también incluyó un pedido de inhabilitación para ejercer cargos públicos contra el ex mandatario entrerriano.
La acusación fue por los delitos de negociaciones incompatibles, peculado e incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, en el marco de la causa en la que son trece los acusados.
Entre ese último grupo también están el ex ministro de Cultura y Comunicación Pedro Baéz; el funcionario del Senado Juan Pablo Aguilera; la contadora Corina Cargnel y el ex ministro de Turismo Hugo Marsó.
En la investigación, uno de los acusados Jesús José María Bustamante reconoció que fue parte de una organización que le permitía acceder a contratos de publicidad del Estado a cambio del pago de retornos. De acuerdo a la causa, la defraudación habría sumado un total de 12 millones de pesos.
Tras la exposición del fiscal Badano, son los miembros del tribunal José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón quienes definirán si hacen lugar o no al pedido de penas:
- Sergio Urribarri: como autor de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, pena de 12 años e inhabilitación absoluta perpetua. Además $ 180 mil de multa más accesorias legales y costas.
- Pedro Baez (ex ministro de Comunicación): como autor de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, pena de 10 años e inhabilitación absoluta perpetua. Además multa de $ 90 mil, accesorias legales y costas.
- Hugo Marsó (ex ministro de Turismo): como autor de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, 5 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua, multa de $ 90 mil, accesorias legales y costas.
- Juan Pablo Aguilera: como partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, pena de 10 años e inhabilitación absoluta perpetua. Multa de $ 180 mil, accesorias legales y costas.
- Gustavo Tamay: como partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, 4 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $ 90 mil, más accesorias legales y costas.
- Emiliano Giacopuzzi: como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, 4 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $ 90 mil accesorias y costas.
- Maximiliano Sena: como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles, 2 años 6 meses de prisión de cumplimiento condicional, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $ 90 mil, accesorias legales y costas.
- Luciana Almada: como partícipe secundario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, 3 años de prisión condicional, inhabilitación perpetua, multa de $ 90 mil, accesorias legales y costas.
- Alejandro Almada: como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles, 3 años de prisión condicional, inhabilitación perpetua, multa de $ 90 mil, accesorias legales y costas.
- Corina Cargnel: como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, pena de 8 años e inhabilitación absoluta perpetua. Multa de $ 180 mil, accesorias legales y costas.
- Gerardo Caruso: como partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, 5 años de prisión efectiva y multa de $ 90 mil, accesorias y costas.
- Germán Buffa: como partícipe necesario de los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública, 3 años de prisión condicional, inhabilitación perpetua, accesorias legales y costas.
- Gustavo Tortul: como partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles, 3 años de cumplimiento condicional, accesorias legales y costas.
En el proceso, se juzgaron las conductas de estos ex funcionarios y particulares en las investigaciones conocidas como de las imprentas (por la posible utilización de empresas para cartelizar publicidad en vía pública, firmas que para Fiscalía serían en realidad del cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera) y las de utilización de publicidad y actos de gobierno para fines particulares entre los que estaría desviar fondos hacia la campaña llevada adelante por el ex gobernador para promocionar su figura a fin de competir por la presidencia. Estas son: la de la solicitada contra los fondos buitres; la del pautado con Global Means, del empresario Germán Buffa; la de los spots de la Cumbre del Mercosur y la del parador en playa La Perla de Mar del Plata.
• Causa Parador
A primera hora, Ramírez Montrull completó lo que Yedro y Badano habían hecho en las jornadas anteriores al realizar ante el Tribunal la interpretación que sostiene la acusación de las pruebas y testimonios recogidos en la causa del parador montado en Playa La Perla en enero de 2015.
El agente fiscal interino basó su exposición en las convicciones que la Fiscalía tiene sobre lo ocurrido, completando vacíos probatorios con interpretaciones y especulaciones.
La más notoria de fue la que realizó sobre las comunicaciones telefónicos entre los distintos imputados antes y durante la realización del evento. El informe telefónico de que está incorporado a la investigación detalla los cruces de llamadas y mensajes entre ellos, pero no su contenido.
Pese a esta limitación, consignó por caso que el armado del parador no comenzó cuando se inició el expediente administrativo sino en un llamado que realizó Urribarri al empresario Gerardo Caruso el 14 de octubre de 2014. Ramírez Montrull sólo tenía el dato del contacto, pero no existen en el expedientes grabaciones ni transcripciones de lo que conversaron ambos.
Otro ejemplo de esto fue cuando hizo mención a llamados entre Marsó y el hombre de negocios ocurridos en días previos al llamado de la licitación. “Claramente estos llamados fueron para establecer las condiciones del pliego, para definirlo a medida de «El Juego en que Andamos»”, expresó Ramírez Montrull montado sólo sobre los datos de que hubo comunicación entre ambos en esas fechas y sin aportar otros elementos que permitan echar luz sobre el contenido de las conversaciones.
Lo mismo ocurrió con el resto de los imputados. Incluso sumó como elemento para sostener la existencia de un vínculo espurio de connivencia entre Urribarri y Caruso un llamado entre el hijo del ex gobernador, Franco, y el empresario. El agente fiscal hizo esta afirmación estribando sólo en el hecho de que existió un contacto telefónico entre Franco Urribarri (que no fue imputado, ni siquiera testigo en la causa) y Caruso.
Por otro lado, el MPF reiteró el criterio asumido en los alegatos sobre los spots del Mercosur: la sola identidad visual entre las imágenes de Urribarri utilizadas en la publicidad oficial y la propaganda de su campaña de posicionamiento para aspirar a la presidencia es prueba de que se desviaron recursos oficiales para atender intereses particulares del ex mandatario.
Sobre esta base, Fiscalía entendió que primero se pergeñó “la operación” y luego “se armó el expediente administrativo (del parador) para ocultar el desvío del dinero con el objetivo de promocionar la figura de Urribarri”, razonó Ramírez Montrull.
Indicó luego que existió una doble disposición de elementos en el parador. Uno oficial para el trámite administrativo, con imagen de las palmeras del Parque Nacional de Colón en la gigantografía, y otro clandestino, que manejaban los proveedores privados, donde la imagen dominante era el rostro del ex gobernador.
Ramírez Montrull minimizó el hecho de que la foto de Urribarri no estuvo expuesta durante el tiempo que duró el parador, afirmando: “Lo delictual es haber cambiado una imagen por otra”. Cabe señalar que, finalmente, el escalador inflable que debía llevar una gigantografía no tuvo ninguna. Solo se podía observar el fondo blanco de la lona de confección.
También consideró arbitrario y discrecional cambiar la imagen de las palmeras en el escalador inflable por las palmeras reales que se instalaron en el predio, dado que se modificó “lo que establecía el pliego de licitación”.
Por otro lado, marcó la simultaneidad de encargos de elementos de merchandising de Turismo Entre Ríos y de la campaña de Urribarri realizados por la empresa TEP, en particular por su contadora interna Corina Cargnel. Ramírez Montrull consignó que ambos materiales se distribuyeron en el parador. Corresponde marcar que durante las audiencias ningún testigo acreditó que se haya utilizado el parador para distribuir material de campaña política, ni para promocionar la figura del ex mandatario.
Apuntó también a que el supuesto préstamo entre Juan Pablo Aguilera y Gerardo Caruso existiera. Aguilera dijo que le facilitó al empresario dinero del Partido Justicialista para atender gastos. Y que luego Caruso se lo devolvió parte en efectivo y parte en pagos a proveedores del PJ que habían realizado material de campaña de Urribarri.
Consignó que, en rigor, se trató de un esquema de devolución de dinero, de retorno del dinero pagado por el Estado por el parador para ser utilizado en la campaña de Urribarri, mediante un esquema de sobreprecios y sobrepagos ficticios a empresas que brindaron servicios a “El juego en que andamos”.
El agente fiscal estribó para sostener esta hipótesis en el informe del contador Héctor Enrique sobre un archivo de Excel donde se habría pegado el texto de un mail enviado por Caruso y que contiene movimientos de fondos entre empresas y particulares, muchos de ellos no vinculados a la causa ni como imputados ni testigos.
Además, Ramírez Montrull acusó a estas personas, físicas y jurídicas, de haber incurrido en delitos (incluso federales) distintos a los de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública por el que se está llevando adelante el juicio.
“El parador era un acto simulado”, concluyó.
“Estamos ejerciendo nuestro rol. No es una cuestión personal. Tenemos la obligación de mantener la acusación por lo que dice la Constitución y las leyes. La objetividad de la acusación se sostiene en el cuerpo probatorio”, afirmó el agente fiscal.
“No hubo errores de tramitación. Son delitos. Las irregularidades administrativas son indicio de delito. Y tienen su correlato de beneficio. Se confunden intereses personales con la función pública. Es un modus operandi. No es casual, es intencional. Hay manejo de la cosa pública como si fuese privada. Para ello se anula, se aniquilina normativa que tiene como finalidad la transparencia en la administración pública. No es todo un gran malentendido. Esta irregularidad es corrupción”, concluyó.