La Dirección de Comercio Interior deberá notificar a la Municipalidad la recomendación para otorgar o denegar la autorización oficial de habilitación a comercio chino
Crespo- El Director de Comercio Interior de la provincia, Jesús Pérez Mendoza, consultado por Paralelo 32 sobre la resolución que deberá emitir el organismo en torno a la audiencia pública celebrada en nuestra ciudad el pasado 27 de febrero en cumplimiento de la Ley Nº9393 que regula en la Provincia de Entre Ríos la instalación de hipermercados y centros de grandes superficies, por la apertura del supermercado MYM de la empresa Chen Haibing, en Los Constituyentes Nº1670, estimó que la resolución podría estar lista en pocos días. El organismo a su cargo, de acuerdo a lo estipulado en la misma ley, es la autoridad de aplicación de las disposiciones de la norma legal.
Luego de que las partes intervinientes recibieran copia del acta de la audiencia pública, para dar su conformidad o efectuar las correcciones que consideren pertinentes, personal de la Dirección de Comercio Interior hizo las visitas a cada una de ellas el viernes 9 a la mañana, para materializar la firma del documento.
En la audiencia del 27 de febrero, en el Centro Comercial de nuestra ciudad, hubo ocho exposiciones y salvo las que desarrollaron los profesionales de la UADER que elaboraron el informe de impacto y los representantes de la firma, el resto criticó duramente el estudio presentado y en varios casos plantearon abiertamente su oposición a la apertura del local, que con sus anexos tiene una superficie de 1.415 metros cuadrados cubiertos, construidos dentro de un predio de 2.362 metros cuadrados. Otra característica que mereció críticas por unanimidad es que piensan tomar solo 5 ó 6 empleados, considerando que abrirá en horarios extendidos e incluso días domingos.
Si bien la audiencia pública no es vinculante con la decisión posterior que se adopte, la Dirección de Comercio Interior está obligada a emitir una resolución recomendando expresamente, sin ambigüedades, el otorgamiento o denegación de la autorización especial. Esta resolución deberá estar fundada en la información confiable producida, considerando todos los hechos válidos traídos a su conocimiento o introducidos de oficio en la audiencia.
A partir de ese momento la Municipalidad estará en condiciones de habilitar o denegar la habilitación al supermercado en cuestión.