Aquellos que decidan no votar en las Paso no estarán inhabilitados para participar de los comicios generales en octubre. Asimismo, se supo que están exceptuados de cumplir con esta obligación quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde voten. Estos deben presentarse con el DNI el día de la elección ante la autoridad policial más cercana para que les extiendan una certificación escrita.
Aquellos que estén en el exterior, deben acercarse al Consulado argentino más próximo el día de las elecciones (o los subsiguientes) para obtener el certificado correspondiente. Si esto no es posible, dentro de los 60 días posteriores a la elección, ya en Argentina, se puede asistir a la Cámara Nacional Electoral (CNE) o a la secretaría Electoral del distrito de residencia con el DNI y elementos que comprueben esta situación (pasaporte sellado o pasajes, en caso de haber viajado a un país limítrofe).
Otro caso contemplado es el de enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que no puedan asistir a los comicios. Aquí, el certificado deberá ser expedido por un médico.
También los jueces y auxiliares que, por disposición del Código Electoral, tengan que asistir a sus oficinas durante la jornada, así como el personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones atinentes a su cumplimiento, deban realizar tareas que les impidan acercarse al centro de votación también están exceptuados de votar.
Por último, no están obligados de votar los mayores de 70 años, por lo cual no están obligados a presentarse a votar en los comicios.
Cómo justificar el no voto
Una vez que poseo el certificado de la policía, debo acercarme a la secretaría Electoral del distrito de residencia para justificar la abstención, en un plazo de presentación ante la autoridad es de 60 días. Quienes no realicen este trámite aparecerán en el Registro Nacional de Infractores. Allí se puede obtener la factura o pagar la multa por incumplimiento.
El costo de las multas
La multa por no votar en las Paso es de $50 (cincuenta pesos), mientras que para las Generales, la suma es de $100 (cien pesos).
Los montos son acumulativos, por lo que, ante una tercera infracción se tendrán que abonar $200 (doscientos pesos), $400 (cuatrocientos pesos) para la cuarta y $500 (quinientos pesos) desde la quinta en adelante.
Si no se abona la multa la CNE informa que la persona puede encontrarse con dificultades al momento de realizar trámites como créditos, solicitud de pasaporte o de registro de conducir. El dinero recaudado se destina al Fondo Partidario Permanente, administrado por el ministerio del Interior.