Crespo- Conocido el decreto 25/2020 del Ente Nacional Regulador del Gas del 22 de abril pasado que determina que las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes, durante el lapso de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio podrán habilitar herramientas informáticas para que los usuarios tomen el estado del medidor y lo remitan a la empresa para la facturación, bajo declaración jurada del cliente, Paralelo 32 consultó a GasNea sobre cómo se debe proceder.

Desde el área de atención al cliente se informó que la empresa está realizando con normalidad la lectura de los consumos que registran los medidores a través del personal habitual que está afectado a esta tarea. Por lo tanto, los clientes no deberán reportar datos en forma virtual para la facturación del servicio.

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