Exigirán el cumplimiento de la ordenanza que prohíbe el uso de bolsas de plástico
Victoria.- Desde la Municipalidad se ha tomado la decisión de exigir el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza N° 3325, que expresamente prohíbe la entrega de bolsas de plásticos de un solo uso (tipo camiseta) en locales comerciales “denominados o clasificados como supermercados, hipermercados, y comercios mayoristas o minoristas en general de productos perecederos y no perecederos (Carnicerías, pescaderías, panaderías, fiambrerías, queserías, despensas, verdulerías, entre otros)”. La misma entró en vigor en 2017 pero no se observa un fiel cumplimiento.
Al respecto Luciana Silva, Directora de Producción y Ambiente de la municipalidad, explicó que actualmente están entregando una copia de la norma en vigencia a comercios donde explícitamente se prohíbe la utilización de bolsas de polietileno. También se establecen las alternativas para que se cambien por la biodegradables, de cartón, tela o de confección manual. “En todos los casos que estos materiales tengan la condición de degradabilidad”, manifestó.
La compra de la carne, pollos, verduras, entre otros productos, deben necesariamente usar una bolsa plástica contenedora, que en general viene en rollo, pero a su vez el vendedor incorpora en la entrega otra bolsa camiseta para que el cliente la lleve. Esta última es las que está prohibida según la norma en cuestión.
Para aclarar aún más la normativa, “quedan exceptuadas por cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno de alta densidad en rollos, que son utilizadas para contener y fraccionar alimentos o insumos húmedos elaborados o pre/elaborados”.
En definitiva, la política ambiental que intentan aplicar se basa en ordenanzas que están muy bien hechas y se deben cumplir, dijo la funcionaria, agregando que “el espíritu de la norma contempla esencialmente el cuidado del medio ambiente y de la ciudad”.
Aspectos generales
En la parte resolutiva se prohíbe el uso de “Bolsas Plásticas de un Solo Uso a las bolsas plásticas fabricadas con polietileno utilizadas en la actividad comercial para el transporte de mercadería, considerándolas, a los efectos de la presente norma, como un elemento perjudicial para el Medio Ambiente y la salud de los seres vivos”. En el artículo siguiente se exige como alternativa “Bolsas Reutilizables, degradables y bio-degradables a las bolsas diseñadas para ser empleadas en forma duradera para el transporte de mercadería”.
Además establecen sanciones por incumplimiento y “será el Juzgado de Faltas Municipal quien a su cognición determinará la aplicación de las sanciones descriptas en el Articulo 69º), de la Ordenanza Municipal Nº 1773”.