¿Un retroceso o un avance hacia la libertad de asociación?
El Gobierno nacional elimina el principio de paridad de género en entidades civiles
¿Qué implicaciones tiene esto para la equidad de género y la representación femenina en espacios de toma de decisiones?
En una decisión que ha generado polémica y reacciones encontradas, el Gobierno Nacional ha eliminado el principio de paridad de género en sociedades, fundaciones y asociaciones civiles. Esta medida, anunciada a través de la Resolución General 13/2024 de la Inspección General de Justicia (IGJ), revoca las resoluciones previas que establecían la obligatoriedad de equiparar la representación de hombres y mujeres en los órganos de administración de dichas entidades.
El impulso para esta modificación provino del planteo presentado por la Fundación Apolo, presidida por el legislador porteño de Republicanos Unidos, Yamil Santoro. Santoro ha aplaudido la decisión de la IGJ, organismo que opera bajo el ala del Ministerio de Justicia de la Nación, describiéndola como un paso hacia la libertad y el mérito en el acceso a cargos directivos.
Según Santoro, la eliminación de la paridad de género en estas entidades "encauza por el camino de la libertad al derecho de asociación", permitiendo que la idoneidad sea el criterio primordial para ocupar cargos directivos en organizaciones privadas.
Este cambio implica que ninguna entidad regulada por la Inspección General de Justicia estará obligada a implementar la paridad de género en sus órganos de administración. Pero, ¿qué implicaciones tiene esto para la equidad de género y la representación femenina en espacios de toma de decisiones?
Por un lado, quienes apoyan esta medida argumentan que la igualdad de oportunidades debe basarse en el mérito y la capacidad de los individuos, no en cuotas impuestas por ley. Argumentan que el enfoque en la idoneidad garantiza una selección de líderes más competentes, sin distinción de género, lo que a su vez puede promover un mejor desempeño organizacional.
Por otro lado, críticos de esta decisión advierten sobre el riesgo de retroceso en la lucha por la igualdad de género. Señalan que, si bien es importante valorar la competencia y el mérito, también lo es garantizar la representación equitativa de hombres y mujeres en los órganos de administración, reflejando la diversidad y perspectivas de la sociedad en su conjunto. La eliminación de la paridad de género podría perpetuar desequilibrios históricos y obstaculizar el progreso hacia la igualdad de oportunidades.
En última instancia, la eliminación del principio de paridad de género en entidades civiles plantea interrogantes importantes sobre los valores que guían nuestra sociedad: ¿priorizamos la igualdad de oportunidades o la meritocracia absoluta? ¿Es posible alcanzar ambos objetivos de manera simultánea?
El debate continúa y será fundamental observar cómo se desarrollan las dinámicas en las entidades civiles afectadas por esta medida, así como el impacto que tendrá en la representación de género y la diversidad en las esferas de poder. La libertad de asociación es un derecho fundamental, pero su ejercicio no debe comprometer los avances hacia una sociedad más justa e inclusiva para todos sus miembros.