Política
El Gobierno nacional autorizó el autodespacho de combustibles y en Entre Ríos proponen prohibirlo
El Gobierno nacional autorizó el miércoles el servicio de autodespacho de combustibles en todo el país, a través del Decreto 46/2025. La medida, anticipada a finales del año pasado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, establece que las estaciones de servicio podrán ofrecer este sistema de manera optativa. Además, la norma menciona que el servicio podría contar con "un precio diferenciado más bajo, en claro beneficio del consumidor".
Si bien algunas estaciones de servicio ya implementaron pruebas piloto en los últimos meses, el autodespacho de combustibles sigue prohibido en algunas provincias. En respuesta a la decisión del Gobierno nacional, en Entre Ríos el diputado de Unión por la Patria-Más para Entre Ríos, Juan José Bahillo, presentó un proyecto de ley que busca prohibir el autoservicio de combustibles en toda la provincia.
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Detalles del proyecto de prohibición en Entre Ríos
El proyecto establece que quedará prohibido "en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos cualquier modalidad de expendio de combustibles líquidos, gas natural comprimido (GNC), gas licuado del petróleo (GLP) u otros combustibles automotores que implique la manipulación directa por parte del consumidor". Esto incluye surtidores automáticos, dispositivos de autoservicio u otros mecanismos similares.
Asimismo, propone que la carga de combustible sea realizada "exclusivamente por personal debidamente capacitado y registrado en la dotación de la estación de servicio, garantizando así condiciones de seguridad y cumplimiento de normativas vigentes en la materia".
El proyecto también contempla que el personal de las estaciones de servicio reciba "capacitación periódica y certificada en materia de seguridad en el expendio de combustibles, prevención y control de incendios, y protocolos de actuación ante emergencias". Las estaciones de servicio, además, deberán garantizar la disponibilidad de equipamiento adecuado para la prevención y control de emergencias.
Sanciones y fundamentos
El artículo 5° del proyecto prevé sanciones para las estaciones de servicio que incumplan estas disposiciones, que podrían enfrentar multas y clausuras preventivas hasta acreditar el cumplimiento de las normativas establecidas.
Entre los fundamentos de la iniciativa, Bahillo destacó que "las estaciones de servicio, por la naturaleza de su actividad, presentan riesgos inherentes que pueden derivar en accidentes de diversa gravedad". Señaló que la manipulación de combustibles "exige el cumplimiento de estrictas normas de seguridad para prevenir incidentes que puedan afectar a trabajadores, consumidores y bienes materiales".
El legislador advirtió que "permitir que los consumidores, sin conocimientos adecuados sobre medidas de seguridad, realicen por sí mismos la carga de combustible incrementa la posibilidad de incidentes y siniestros". En contraposición, subrayó que el personal de las estaciones de servicio recibe capacitación específica en normas de seguridad y procedimientos de actuación ante emergencias, lo que garantiza un entorno más seguro para todos los involucrados.
Finalmente, Bahillo afirmó que "es fundamental que el despacho de combustibles sea llevado a cabo exclusivamente por trabajadores debidamente entrenados y registrados en la dotación de la estación de servicio". En este sentido, sostuvo que la regulación busca "minimizar los riesgos de accidentes y reforzar el control sobre el cumplimiento de las normativas vigentes".