Diputados debatieron en comisión un proyecto sobre licencias para abogados
Este martes 19 de junio se reunió la comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados de Entre Ríos; asistiendo en representación del Colegio de Abogados de Entre Ríos, su presidente, Enrique Martínez; el secretario Alejandro Canavesio; y el vocal Carlos Pacher.
El proyecto de ley será aplicable a los abogados y procuradores que ejerzan representación o defensa en procesos radicados ante la justicia ordinaria de la provincia de Entre Ríos.
Se prevé que los profesionales matriculados podrán hacer uso en los juicios en que actúen de una licencia sin expresión de causa no superior a 15 días hábiles por año calendario, en forma continua o alternados.
Además el uso de licencias adicionales de carácter excepcional en caso de a) En caso de fallecimiento del cónyuge, conviviente, ascendientes, descendientes o hermanos b) maternidad, paternidad o adopción.
Es de destacar que el otorgamiento de esta licencia no tendrá efecto sobre las audiencias ya señaladas y notificadas con anterioridad al pedido, ni sobre el curso de los plazos, comenzados a correr antes de la presentación. Además se especifica que el uso indebido o incorrecto de la licencia por el abogado y procurador será sancionado por el Tribunal de Disciplina o Ética del Colegio respectivo.
Los integrantes de la comisión, encabezada por los diputados y abogados Diego Lara (Presidente) y Jorge Monge (Secretario), se comprometieron a analizar con sus asesores el proyecto para darle un pronto tratamiento en la sesión y poder aprobar el proyecto que ya cuenta con la media sanción del Senado.
El proyecto
El proyecto fue entregado a los legisladores en mayo del año pasado, después de que Senadores visitaran la sede del Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER).
Propone aplicar en Entre Ríos un sistema de licencia para abogados y procuradores. Quien entregó el primer borrador a los legisladores fue el titular del CAER, Enrique Martínez.
Se establece que los profesionales matriculados podrán hacer uso, en los juicios en que actúen, de una licencia sin expresión de causa, no superior a quince días hábiles por año calendario. Se podrá hacer uso en forma continua o alternada. Si se opta por esta última modalidad, hay un máximo de tres períodos en el año.
“Los abogados y procuradores no están exentos de los avatares de la vida, las enfermedades, los accidentes, los duelos, nacimientos y otras cuestiones que hacen a los aspectos esenciales y elementales del ser humano”, se explica en los fundamentos originales del proyecto.
Se pone como ejemplo “el caso de la abogada embarazada, ya que la ley actual no contempla su especial situación” y esto va por lo establecido por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establece, expresamente, que “se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable, antes y después del parto.
Durante dicho período, a las madres que trabajen, se les debe conceder licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas a la seguridad social”.