Controvertido fallo sobre la Playa Alta y su forestación

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Victoria.- El pasado miércoles 11 de enero, en un fallo de 18 páginas, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) representado en las figuras del vocal Germán Carlomagno y sus pares Claudia Mizawak y Gisela Schumacher, resolvió hacer lugar al amparo ambiental presentado por el letrado Carlos Guillermo Reggiardo contra la Municipalidad de Victoria (Expte. N° 26068), obligando a esta última a plantar 65 árboles en el sector denominado Playa Alta, actualmente concesionado. 

Lo controversial del tema es cómo la justicia toma injerencia en decisiones de corte municipal, corriendo de plano una inversión millonaria para esta porción del borde costero tendiente a evitar que futuras inundaciones impidieran la explotación turística de ese espacio.

Lo cierto es que la Municipalidad plantará estas especies autóctonas que exige la autoridad judicial a la brevedad —según pudo indagar Paralelo 32— no sin antes aclarar que como parte de una forestación urbana llevan plantados 3.000 ejemplares en distintos puntos de la ciudad desde el inicio de gestión, y que a metros del lugar en conflicto también se hizo la reposición de árboles.

Este debate sobre las implicancias del fallo (que para el Ejecutivo municipal contradice el art. 240, inciso 20 de la Constitución Provincial) también tuvo sus coletazos políticos y/o partidarios en el Comité de Ordenamiento Territorial, donde los cruces de opinión estuvieron a la orden del día. Primero por este punto de las autonomías municipales sobre facultades urbanísticas; segundo, que esos 35 sauces extraídos en ese momento no fueron reforestados en el lugar donde actualmente está la playa sino en las inmediaciones; y como otro ítem sensible está en tensión la figura de Daño Ambiental, donde el Colegio de Arquitectos a través de uno de sus representantes, Soledad Ferrería, advierte que sería mínimo y en condiciones de revertir.

Plantados fuera de la playa o dentro de ese nuevo sector, otra gran discusión que toma relevancia es que los vocales involucran a Playa Alta como parte del Área Natural Protegida, aplicando lo que denominan Principio Precautorio. Para el Ejecutivo, lo que se buscó fue asegurar desde la costanera una ventana de 150 metros al riacho, y aunque opinable —insisten— estaría dentro de las facultades urbanísticas de cada municipio.

En uno de los puntos de fallo (6°) también se exhorta al Departamento Ejecutivo municipal y al Concejo Deliberante a proyectar, elaborar y finalizar un plan maestro integral de la costa de la ciudad, considerando no solamente la playa, sino la infraestructura, servicios, parques, plazoletas y colinas, con indicadores urbanísticos y ambientales, para lo que debería convocarse tanto al colegio de arquitectos como a otros profesionales y ONG, para hacer aportes pertinentes.

Para un sector de la oposición a la gestión de Domingo Maiocco, el fallo del STJ deja en claro que la Municipalidad no cumplió con lo que dijo que haría en 2018 (plan de reforestación); que estamos frente a una ausencia de normativa desde el 2005; y que en este contexto el comité de ordenamiento territorial también podría hacer un aporte en esa formulación del Plan Maestro de la Costa.

Sin dudas estamos frente a un tema que excede los análisis simplistas y en la ‘condena’ a plantar especies arbóreas en una de las playas, sí se podría advertir que no hay una consolidación de ese sector sino distintas realidades de acuerdo a las concesiones, algunas en términos precarios, que difícilmente se resuelvan en pleno desarrollo de la temporada.

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