Judiciales
Condena por tenencia simple de estupefacientes: El Tribunal Oral Federal homologó acuerdo de juicio abreviado
Este jueves, el Tribunal Oral Federal de Paraná, en su integración unipersonal con la vocalía de la jueza Noemí Berros, resolvió declarar a EC culpable del delito de tenencia simple de estupefacientes. En consecuencia, homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por la Fiscalía y la Defensa, imponiéndole una condena de tres años de prisión de cumplimiento condicional y una multa de 225 pesos. Además, se le impuso el cumplimiento de normas de conducta por el plazo de la condena.
Antecedentes del caso
Las actuaciones que llevaron a esta resolución se iniciaron el 10 de junio de 2019, bajo el "Estado de Sospecha Objetiva" por la Dirección de Toxicología de la Policía de Entre Ríos, en el marco de una investigación mayor relacionada con una causa por infracción a la Ley 23.737 de estupefacientes, tramitada ante la Secretaría Penal N° 2 del Juzgado Federal de Paraná.
Durante la investigación, se identificó a EC como un posible proveedor de cocaína en Paraná. Esto surgió de las desgrabaciones telefónicas de una investigada en la causa oriunda de Nogoyá, donde se detallaba el modus operandi y las características del domicilio de un hombre identificado como RAD, también oriundo de Paraná.
Decisión judicial
La jueza Berros consideró procedente cambiar la calificación inicial de tenencia con fines de comercialización a tenencia simple, argumentando que no existía el grado de certeza necesario para condenar por el delito más grave. Berros señaló que no había elementos indiciarios suficientes que permitieran acreditar con certeza procesal la intención de comercializar los estupefacientes.
En su resolución, la jueza enumeró los puntos claves presentados por las partes:
- No se acreditó la finalidad de comercialización del estupefaciente encontrado en poder de EC.
- La investigación estaba centrada en otro sujeto, RAD.
- La cantidad de droga incautada no fue significativa, pues inicialmente se pesaron 65 gramos de cocaína, que tras la pericia química resultó ser de 22,95 gramos.
- No se encontró información relevante en los equipos de telefonía secuestrados que respaldara la hipótesis de comercialización.
Estado de sospecha y allanamientos
La investigación inicial apuntaba a RAD como un comerciante de drogas que operaba desde una casa en la ciudad de Paraná, donde supuestamente proveía estupefacientes a personas que luego los vendían al menudeo. Se señalaba que EC era cliente de RAD y que este último invertía las ganancias en propiedades.
El 6 de mayo de 2021, se realizaron varios allanamientos en domicilios vinculados con la investigación, incluyendo la vivienda de EC en la ciudad de Viale. Durante el operativo, un testigo declaró que se encontraron droga, dinero, y una balanza en la casa de EC, además de una pistola en su automóvil.
Con esta condena, se cierra un capítulo de una investigación más amplia que sigue arrojando luz sobre la compleja red de tráfico de estupefacientes en la región.