Actualidad Tributaria: Bancos, Anses, ATER y los tan comentados créditos a tasa 0%
(Cont. Fabian Zorzabal – Para Paralelo 32). Comenzamos la semana con la puesta en funcionamiento la Resolución AFIP, con la cual se reglamentó el funcionamiento de los créditos a tasa del 0%. Si bien fue publicada el 30/04/20, los efectos prácticos comenzaron recién el día lunes 04/05/2020, pues a partir de ese momento se pudo acceder a la gestión de los mismos a través de la página web del organismo. La fecha para realizar el trámite vence el 29/05/20. Ese primer día,la página de AFIP colapsó. No me refiero a la parte correspondiente a los créditos al 0%, sino a la página de AFIP en su totalidad por el nivel de actividad que se genera.
Dentro de la información a proporcionar se encuentra el nombre del banco emisor y el número de la tarjeta de crédito en la que se pretende que se agreguen los fondos solicitados.
La aprobación de los préstamos (les decimos préstamos aunque en la práctica más que nada resulta en una ampliación del límite de compras de la tarjeta de crédito) no ha sido clara, por lo que los interesados que no ha sido rechazados deberían sacar turnos en los bancos en los que tienen la tarjeta de crédito, a los efectos de continuar con la gestión.
Se han dado casos paradójicos en los que por cumplir con la normativa al pie de la letra, los monotributistas de clase A no han podido acceder al crédito dado que uno de los requisitos es que en el periodo que va del 12/03 al 12/04/20 se haya facturado por debajo del promedio mensual del nivel inferior de su categoría. Dado que el nivel inferior de la categoría A es 0 (cero) pesos (Cuarentena), la única posibilidad de ser incluido para el crédito, sería haber facturado menos de $ 0. Entiendo que la Jefatura de Gabinete de Ministros emitirá alguna Decisión Administrativa para subsanar este grosero error.
Programa de Asistencia de Emergenciaal Trabajo y la Producción (ATP)
El gobierno había establecido el pago de parte de los sueldos de aquellos empleadores que se habían perjudicado por el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio (cuarentena bah!) y cumplió aprobando algunos (esto ya lo habíamos mencionado la semana pasada). Pues bien, una vez puesto en marcha, se percataron los funcionarios de que en algunos casos existían empleados que cobraban menos que el salario mínimo vital y móvil (por ejemplo con Jornada parcial), y que, con los montos que les iba a depositar el Estado, iban a cobrar más de lo que cobran habitualmente. Es por ese motivo que se emitió la DA 702/2020 haciendo aclaraciones para esos casos y también para los casos de pluriempleos (más de un empleo).
Beneficios para tenedores de “plazos fijos” en pesos en los bancos
A través de la Comunicación “A” 7000, el Banco Central de la República Argentina dispuso que aquellos inversores que posean depósitos hasta 4.000.000 de pesos y no estén atados a UVA o UVI, van a percibir por ese plazo fijo un mínimo de tasa equivalente al 70% de la tasa de referencia de las Leliqs, por lo que les garantiza una tasa de interés interesante y evitando que dichos inversores traten de verse tentados de invertir en dólares.
Beneficios para los que accedieron a préstamos de Anses
De acuerdo a una resolución de la Subdirección Ejecutiva de Operación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, se amplió el plazo de amortización de los préstamos otorgados por Anses entre el 26/03 y el 21/04, concediéndoles un plazo adicional de 24 meses para su pago. Además se suspendieron las cuotas de los créditos vigentes para el vencimiento mensual junio de 2020.
Más controles
El Senasa ha dictado la Res. 344/2020 creando el “Programa de Fiscalización y Monitoreo en Medios Digitales”. Mediante este programa se pretende controlar aquellos sitios webs que vendan productos de origen animal o vegetal.