El Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, Juan Carlos Albornoz, explicó que los comercios que aplican recargos a los pagos realizados con tarjetas de débito y créditos en un pago son ilegales. “Está prohibido porque representa lo mismo que un pago en efectivo”.

Sostuvo que el comerciante que logra establecer un acuerdo con una entidad financiera, probablemente tenga que asumir un costo por este motivo, lo que no puede hacer es trasladarlo al cliente. “Cuando se hace este tipo de negocios es porque le conviene al vendedor y representa un beneficio pero nadie quiere pagar los costos”. Agregó “si bien esta es una cuestión netamente impositivo y fiscal, reglamentado por la AFIP, desde la provincia y particularmente desde esta Oficina de Defensa del Consumidor, queremos informar que la AFIP ha reglamentado sobre esta cuestión, estableciendo la obligatoriedad a los comercios de tener posnet y cobrar con tarjeta de débito, de igual manera que lo hace en efectivo”.

Comentó el funcionario –en diálogo con Paralelo 32– que en forma permanente reciben llamados telefónicos por este motivo e inclusive se han presentado en las oficinas.

Por otra parte reconoció que no es un tema sencillo, porque la boleta que recibe en cliente tiene el monto con recargo que abonó con la tarjeta. Por tal motivo “ante el comercio que pretenda cobrar un interés u comisión por un pago en débito, debe hacer una queja formal, en dependencias de Defensa al Consumidor de los municipios, que quede asentado en un libro de queja o por algún otro soporte, como un mail, donde figure la constancia del reclamo. Si un comerciante, plantea algún tipo de reticencia, puede hacer la denuncia ante nuestra oficina, San Martin 746 PA en Paraná, o en el área respectiva del municipio de la localidad”.

Para finalizar, el funcionario también aclaró “respecto al uso de la tarjeta de crédito y la opción en un sólo pago es una norma sancionada hace unas cuantas décadas. Apelamos a la responsabilidad de los comerciantes para que entiendan que es una disposición vigente”

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here