Son más de tres millones de nonotributistas que podrían «subir» a la categoría de autónomos por efecto inflación
Para los 3,6 millones de monotributistas el próximo 20 de enero se vence el plazo para la recategorización y no habrá postergación. Sin actualización en las escalas, incluso quienes hayan perdido frente a la inflación solo por tener una mayor facturación en términos nominales deberán cambiar de escala, y en muchos casos, directamente de régimen, lo que implica pagar hasta un 895% más de impuestos de un año para el otro.
En el caso de los contribuyentes de la categoría K, el salto en la escala implica directamente saltar al régimen general, es decir, pasar a ser Autónomos. En algunos casos, la recategorización la hace la Afip de forma automática excluyendo a los contribuyentes del régimen simplificado y en otros la hace el contribuyente voluntariamente. Pero no hace falta estar tan arriba en la escala, incluso un contribuyente que esté en el escalón H con un aumento del 20% de su facturación queda fuera del monotributo sin actualización de escalas.
Formalmente, la AFIP no tiene herramientas para actualizar las escalas como sí las tenía antes de 2017, cuando el Congreso votó la ley 27.430. Desde entonces el cambio en las escalas quedó atado a la movilidad jubilatoria. Tras su congelamiento, la AFIP exceptuó del salto automático del régimen simplificado al general a 18 mil contribuyentes. Y para ellos -y los que también queden al límite de facturación entre un régimen y otro- propone con un nuevo proyecto de Ley una instancia intermedia con un ahorro de casi $900 mil de impuestos por cuatro años.
Un contribuyente en la escala K actualmente paga $14.700 por mes y al pasar a Autónomos actualmente debe pagar $942.000 al año por haber mantenido su nivel de facturación en pesos, un aumento del 434%. Para un comerciante de la escala H que aumentó su facturación un 20%, podría también salirse del régimen, dejar de pagar $94.637 al año y pasar a pagar arriba de $942.100, es decir un 895% más. De sancionarse la nueva ley con la redacción actual, este contribuyente podría mantenerse en el monotributo pagando un adicional de casi $35.000 por cuatro años -sobre los $14.700 mensuales- gracias a un «ahorro» de $907.000 en forma de crédito fiscal por IVA y Ganancias.
Mientras que un monotributista también de categoría H que presta servicios y está registrado en la categoría H que durante 2020 facturó un 40% más que el tope máximo, debería pasar a pagar una suma cercana a los $1.136.000 anuales. «Las modificaciones propuestas le permitirán que la transición sea más armónica ya que podrá computar parte de sus gastos a cuenta de IVA y Ganancias de manera que terminaría abonando $649.900. El proyecto de ley representará un ‘ahorro’ de unos $487.000», ejemplificaron desde la Afip.
De esta forma, los 18 mil contribuyentes que quedaron en el limbo entre el régimen simplificado y el general podrán elegir si seguir en el monotributo y enfrentar un pago adicional o bien pasar al régimen general y hacer uso de ese ahorro. Esta opción también será válida para otros contribuyentes siempre y cuando el exceso sobre el límite de facturación sobre la categoría máxima no sea mayor al 50%.
«Mediante la RG 4896 la AFIP decidió extender nuevamente la suspensión de la exclusión de pleno derecho y la baja automática a los monotributistas que se hubieran excedido de los parámetros del mismo, o que no habiendo abonado estén en condiciones de ser dados de baja por ese motivo», dijo el contador Fabián Zorzabal, a Paralelo 32.
El monotributo, durante los años ’90 tenía un tope de 100 mil pesos, equivalente a 100 mil dólares y actualmente representa solo 17.400 dólares por los atrasos progresivos en la actualización de las escalas, detalló la consultora Focus Market. De esta forma, con el correr de los años la brecha entre regímenes se fue ampliando y hoy el tope es de $2.609.240,69 para la comercialización de bienes y de $1.739.493,79 para la prestación de servicios. «Hoy el régimen debería tener un tope actualizado por un mix entre inflación y evolución de la devaluación del peso frente al dólar, a la fecha de no menos de 12 millones de pesos», señaló el informe de la consultora.
«El mayor perjuicio en la recategorización es para el que deba pasarse al régimen general, porque luego, por tres años no puede volver al monotributo y las diferencias son muy grandes», concluyó Zorzabal.
Es que incluso si en los siguientes años la mipyme pierde o su facturación vuelve a estar dentro de los parámetros del monotributo, -una vez que se determine una nueva fórmula de actualización de las escalas- tiene vedado el regreso al régimen simplificado hasta 2024.
¡Bienvenidos a las prórrogas 2021!
Con la RG 4885 la AFIP determinó las condiciones necesarias para que puedan ser computadas las percepciones del impuesto a las ganancias por parte de aquellos sujetos que las hayan sufrido (Compra de dólares y de bienes en el exterior con tarjeta y demás sujetos que pagan el impuesto PAIS)
Se extiende el plan de pagos permanente de AFIP establecido por la RG 4268 hasta el 31/01/2021.
Se prorroga la suspensión del trámite de fe de vida por parte de jubilados y pensionados hasta los cobros de enero a marzo de 2021.
Se extiende plazo para Presentaciones Digitales, Datos Biométricos y Blanqueo de Clave nivel 3 por cajero automático hasta el 31/01/2021.
Los padres y madres que durante el año 2020 estuvieron exceptuados de ir a trabajar para poder cuidar a sus niños y adolescentes en edad escolar, conforme lo establecido por la Res. 207/20, ahora tendrán la obligación de concurrir a su trabajo desde fecha 01/01/2021 y mientras dure el receso escolar de verano.
AFIP, mediante RG 4893, estableció como periodo para que los empleadores inicien el trámite del programa de Asistencia para el Trabajo y la producción (ATP) entre el 30/12/20 y el 08/01/21 a los fines de gestionar el crédito (a tasa 27 o 33% según el caso) o el denominado Repro II.
Se extiende hasta el 31-03-2021 el reintegro del 15 % a sectores vulnerados (jubilados y pensionados con haber mínimo y titulares de AUH y AUE) que efectúen sus consumos con tarjeta de débito.