Las pulverizaciones seguirán rigiéndose por la ley 6599 vigente
Si bien el fallo de la Cámara Civil II, Sala Segunda, sobre un amparo ambiental presentado por Agmer y el Foro Ecologista de Paraná no tiene la fuerza de una norma, ya que continúa vigente la Ley de Agroquímicos Nº 6.599, los coletazos de su impacto en la pulverización de fitosanitarios ya se replica en distintos puntos de la provincia.
En esto fue clara la doctora Claudia Mizawak en su disidencia al votar el mencionado fallo, argumentando que los legisladores: “no se pusieron de acuerdo en votar la reforma de una ley, pero ahora sí lo están para acompañar un fallo”.
En el transcurso de la semana, Paralelo 32 tuvo oportunidad de asistir a dos reuniones donde se abordó este tema en la mesa de producción de la zona agroecológica 3 —que involucra a Victoria. La última tuvo lugar el día jueves en la sede del INTA (Liniers Nº 523), donde además del Jefe de la AER, Raúl Brassesco, estuvieron presentes referentes del Colegio de Ingenieros Agrónomos, Círculo de Ingenieros, Sociedad Rural Victoria, productores, los 2 Grupos CREA y de FARER. También se interesó a la Municipalidad local, a través de su área de Producción.
Nuestro medio pudo saber de altas fuentes judiciales, que el Procurador García insiste en que la Ley 6.599 (con una restricción de 50 metros alrededor de las escuelas, establecida en la Res 47 que complementa el art.8 de la ley) sigue vigente y es la que se tomará como referencia para cualquier caso a considerar, dado que un fallo no se reglamenta, y solamente produce efecto sobre las partes involucradas.
En este punto, los asistentes a esta última reunión llamaron a la reflexión sobre los alcances de las buenas prácticas agronómicas, insistiendo en la importancia de llevar un mensaje ‘hacia adentro’ que involucre una actividad responsable ante la ley, siempre.
De momento, lo inaplicable que puede resultar esta medida en cientos de casos con sus particularidades y efectos en lo económico que puedan acarrear, más allá de no tener fuerza de ley, pone en alerta a quienes vienen haciendo una tarea responsable, sean productores, aplicadores, profesionales y/o expendedores. En la reunión se puso énfasis en que las pulverizaciones deben hacerse responsablemente de acuerdo a las normas, para garantizar el cuidado de las personas.
Si bien en un primer momento se dijo que la policía tendría un protocolo de constatación ante una posible pulverización, dado que el regente debe dar aviso a ‘la autoridad de aplicación’, la respuesta que se obtuvo al consultar a la Jefatura Departamental local fue que se ajustarán a la ley.
En esta ley, sí, está establecido el delito de lesiones culposas (daño a la salud) que, de producirse por una negligencia de cualquiera de los eslabones de la práctica agronómica, tiene sus consecuencias directas. Por ello se insiste en reunir todos los requisitos legales para la pulverización, desde el carnet específico, inscripción de la máquina aplicadora, ya sea de arrastre o autopropulsada, receta agronómica, un profesional responsable y las consideraciones del viento y demás restricciones que puedan afectar a la seguridad de terceros.