La ordenanza sobre carribares incorpora la modalidad food trucks permitiendo servicio de delivery
Crespo.- El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que regula el funcionamiento de carribares dentro de la ciudad. La norma aprobada tuvo algunas modificaciones que no cambiaron el sentido y el objetivo general de regular la actividad.
Ordenanza sobre carribares
Se establece un permiso por persona y se prohíbe la instalación de carribares a menos de cien metros de comercios ya existentes que comercialicen los mismos productos. Se amplía la regulación a emprendimientos de la modalidad food trucks, se elimina la exigencia de seguro, se exige identificación del vehículo otorgada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotor, que deberá estar impresa en el vehículo. Se permitirá servicio de delivery y la instalación de mesas y sillas en la zona donde se ubique el carribar; servicios que en el proyecto original estaban expresamente prohibidos. En el caso de delivery, los propietarios deberán pagar un adicional en base a la ordenanza tributaria vigente.
Los permisos son personales, intransferibles, únicos para un solo titular, por un año, renovables a su vencimiento. No se otorgarán permisos a comerciantes que ya desarrollen el mismo rubro. Se podrán otorgar los permisos de uso sin remoción de la parada por un período de tiempo; o para un evento determinado, con lugar y horarios establecidos hasta terminar el evento.