Gobierno estudia cambios en el régimen de Monotributo
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, confirmó este miércoles 1 de noviembre, que el Gobierno estudia fijar una restricción para la permanencia en el régimen de monotributo que podría ser de entre tres a cinco veces la base imponible del impuesto a los bienes personales.
“Se está analizando establecer un requisito que puede ser de tres, cuatro o cinco mínimos no imponibles de bienes personales, pero eso aún está en una etapa muy inicial de estudio”, señaló AFIP.
El funcionario comentó que también se estudia reducir de tres a dos las unidades de negocios requeridas para ingresar al régimen simplificado y rebajar la cantidad de empleados en relación de dependencia necesarios.
A su vez, confirmó que los métodos de actualización de escalas y cuotas no se modificarán. Abad aclaró que “todos los temas aún se están definiendo porque se está redactando la letra chica del proyecto”.
El nuevo Monotributo tenderá a ser casi un monotributo social
No podrán ser monotributistas quienes posean un patrimonio total -gravado, exento o no alcanzado por el Impuesto sobre los Bienes Personales-, valuado conforme las normas aplicables a dicho gravamen, que no supere el triple del importe mínimo no imponible del mismo.
Ese techo es entonces, tres veces $ 950.000 para 2017 y triplica $ 1.050.000 en 2018.
Además quedan excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) los contribuyentes cuando:
-Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y en tanto los mismos no se encuentren debidamente justificados por el contribuyente.
-Los depósitos bancarios, debidamente depurados resulten incompatibles con los ingresos declarados a los fines de su categorización.
-Sus operaciones no se encuentren respaldadas por las respectivas facturas o documentos equivalentes correspondientes a las compras, locaciones o prestaciones aplicadas a la actividad, o a sus ventas, locaciones, prestaciones de servicios y/o ejecución de obras.
El piso antes mencionado es de $ 950.000 para este año. Si se multiplica por tres y se lo divide por la cotización al día de hoy del Banco Nación Argentina, arroja un valor límite de u$s 159.217.
Los monotributistas que queden excluidos del Régimen Simplificado deberán inscribirse en el IVA y el Impuesto a las Ganancias, y aportar como autónomos a la seguridad social.
(Fuente: El Cronista)