Fue presentada una denuncia penal por irregularidades en los decretos de obras energéticas
El senador provincial Raymundo Kisser (Paraná – Cambiemos) y su asesor legal, Rubén Pagliotto, presentaron una denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal en base a las observaciones hechas por la Contaduría General de la provincia sobre los decretos de las obras eléctricas y gasíferas del norte de la provincia.
Kisser indicó que la demanda presentada en estrados judiciales provinciales fue interpuesta por él y Pagliotto el pasado día miércoles 31 de octubre, dos días después de que la Contaduría emitiera las observaciones que cuestionan las normas por las cuales Enersa contratará al consorcio China National Import Export Corporation-Yutong SA para la realización de las obras de cierre eléctrico norte y gasoducto del noreste.
Ahora la denuncia deberá ser evaluada por el Ministerio Público Fiscal. En caso de registrarse posibles perjuicios contra la Administración Pública provincial, la intervención directa será de la recientemente designada Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche. Los créditos procedentes de China para financiar las obras rondan los 100 millones de dólares, que al tipo de cambio de hoy representan casi 3.700 millones de pesos, tres veces el monto que se investiga en la causa de las supuestas irregularidades de los contratos de la Legislatura.
La denuncia
La denuncia penal presentada, dice textualmente que se podría estar ante los “delitos de Incumplimiento de los deberes de funcionario público y/o abuso de autoridad (art.248/249 del C.P.) y negociaciones incompatibles con la función pública (art. 265º del C.P.), en el marco del proceso de selección de contratista de las obras que comprenden el proyecto Cierre Norte y Gasífero”.
En el párrafo siguiente se aclara que “en modo alguno a quienes suscribimos esta denuncia nos animan cuestiones personales contra ningún funcionario y menos aún, nos oponemos a la realización de estas obras, necesarias y que contribuyen al progreso de las zonas beneficiadas y de la gente que allí habita”.
“Por el contrario – prosigue – alentamos y sostenemos la necesidad de concretar las mismas atento a que se trata de obras de infraestructura que contribuyen absolutamente al desarrollo de determinadas regiones de nuestra provincia, sobre todo de aquellas más postergadas y con mayor atraso relativo y que además las mismas suman a un modelo de desarrollo productivo e industrial que colocaría a nuestra provincia en niveles competitivos similares al resto de las provincias que componen la Región Centro. Nada de eso se pone en duda ni en discusión, pero aun así, es intolerable que ello se haga a despecho de las normas legales y constitucionales vigentes y también de la necesaria e inexcusable transparencia que debe caracterizar el manejo y administración de la cosa pública”.
”Selección amañada de contratista”
Más adelante, el texto que presentaron Kisser y Pagliotto especifica que “el meollo de esta denuncia penal, acaso su justificación ontológica y ética, es la necesaria y urgente investigación que deberán realizar los integrantes del MPF – Fiscalía Anticorrupción- sobre todo el proceso administrativo de estas obras que exhiben desprolijidades en sus formas y sustancia e incumplimientos normativos groseros e inexcusables, generando un marco de dudas y despertando suspicacias acerca de si ello no obedece a la necesidad de disimular o encubrir una selección amañada de contratista, dando pábulo a negociaciones incompatibles con la función pública, incumplimientos de deberes funcionales (por acción u omisión) dolosos y abuso de autoridad, sin perjuicio de otros injustos que puedan determinarse en el decurso de la I.P.P”.
En el párrafo siguiente se advierte que en la licitación los denunciantes observaron “alteraciones de los procedimientos”; además señalan “la manera ostensible y constante en que se echa manos a mecanismos oblicuos tendientes a eludir (i.e., evitar) los necesarios controles de los organismos específicos (Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas) y la aplicación de las leyes Nº 5140 (LAF) y Decreto Nº 795/96 (Reglamento de Contrataciones del Estado) y Nº 6351 (LOP)”.
“Incluso se detectan en el corto y meteórico proceso argumentos falaces en los propios considerandos de los decretos, como por ejemplo en el Nº 2776 MPIYS, en el último de ellos, donde se expresa que “han tomado intervención los organismos de control de la Provincia de Entre Ríos” (cuáles, cuándo, de qué manera), cuando tal cosa resulta ser absolutamente falsa”, agrega la denuncia.
A continuación no pasa inadvertida la recurrencia “hasta el empalagamiento a párrafos donde se hace referencia a que en este caso (referido a estas obras) ‘el Estado provincial podrá delegar el procedimiento, mecanismo, modalidad y forma de selección adecuados a la actividad específica de que se trate, en los entes, dependencias y/o sociedades del Estado Provincial y/o en las que sea titular del paquete accionario mayoritario, en forma directa o indirecta, por cuanto ello resultará conveniente para la mejor y más eficiente ejecución y consecución de los proyectos…’.- Ello, claro está, con la única y predeterminada finalidad (por ahora no diremos aviesa) de delegar en ENERSA la ejecución total de las obras, y por ende someterlas a los procedimientos propios y específicos de su incumbencia, obviando o eludiendo de este modo, la actuación de los organismos de control interno y externo, como la aplicación de leyes específicas y obligatorias, llegando incluso a delegar todo ello en una empresa estatal por medio de un decreto, cuando debió hacerse por ley, como por ejemplo se hizo-correctamente- en el caso de los acueductos chinos, a instancias de la Ley 10.492, en su art. 9º, por el que se modifica el Art. 4º de la ley 10.352”.
Qué se busca
En suma, según los denunciantes, se pretende “evitar la consumación de delitos o, cometidos ya, que se propaguen negativamente los efectos sobre el erario público provincial, toda vez que, sin constarnos en forma directa, se habla en círculos vinculados a la obra pública, como que los precios que se les pagaría a las empresas chinas son muy elevados en relación a los costos reales de estas obras, siendo del caso que esta licitación, por lo meteórico de su proceso (un apuro nunca justificado) y el secretismo que la rodeó, operó como un ‘negocio a bulto cerrado’, de modo muy apresurado, con muchas falencias y disrupciones, llevándose por delante e incumpliendo variopintas normas legales y constitucionales y eludiendo la intervención previa de ciertos organismos de contralor, llamando especial y poderosamente la atención de los suscriptos, que no existan registros de la participación de la Fiscalía de Estado, quien debió necesariamente opinar y tener, acaso, un rol más protagónico que el que tuvo la Secretaría Legal y Técnica, que no es un organismo de control ni sus incumbencias, facultades y obligaciones son iguales a la de aquella”.
Finalmente el texto da cuenta de que “Jorge González es la par Presidente de ENERSA (ejecutora de las obras) y Secretario de Energía de la Provincia (puede haber conflicto de intereses y momentos en que surjan incompatibilidades); el Ministro de Economía, Hugo Ballay, integre el directorio de ENERSA (ídem que el funcionario anterior); que el Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, a la vez, integre la Comisión Fiscalizadora de ENERSA, junto con el Secretario Legal y Técnico del Gobierno de Entre Ríos, Dr. José Gervasio Laporte y el Secretario de Presupuesto y Finanzas del Ministerio de Economía, Cr. Luis Alfonso Erbes. Todos ellos son funcionarios del Poder Ejecutivo y a la vez, ocupan primerísimos lugares en ENERSA, empresa que llevará a adelante la ejecución de ambas obras, bajo los reglamentos, métodos y procedimientos de la misma, quedando este proceso de licitación y ejecución de las obras excluido del contralor de los organismos específicos del gobierno provincial y fuera del alcance de las leyes de Administración Financiera (y de Contrataciones) y de la de Obras Públicas, lo que se logró, insistimos, a través de un decreto del Poder Ejecutivo y no de una ley de la legislatura”.