Deberán inscribirse en la AFIP las cooperadoras escolares
El Consejo General de Educación (CGE), mediante Resolución Nº 3.850, estableció que las asociaciones cooperadoras que se constituyan en lo sucesivo, así como las que ya estén funcionando, “deberán tramitar la obtención de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”.
Esta resolución fija, además, la apertura de una cuenta bancaria para el manejo de los recursos. El artículo quinto establece que se debe “disponer que a los fines de tramitar la apertura de cuentas corrientes o de ahorro en instituciones bancarias, las asociaciones cooperadoras deberán presentar la documentación acreditativa de su autorización para funcionar” y la CUIT.
Anteriormente se regían por la resolución Nº 3442, que Educación dictó el 27 de agosto de 2008. Esta norma establecía que las cooperadoras son instituciones que funcionan en los establecimientos educativos “cuyo propósito será con fines de ayuda social y de colaboración con la labor que desarrollan los establecimientos educativos”.
Esta resolución establecía que las asociaciones cooperadoras escolares “se constituirán bajo la forma de simples asociaciones civiles” y el único requisito era que cada una “deberá solicitar un reconocimiento ante el Consejo General de Educación, acompañando dos ejemplares de los estatutos -si estos no obran en el legajo de dicha asociación en el Consejo General de Educación- acta de constitución y reglamento y nómina de los miembros”, sin más requisitos.
A partir de septiembre del corriente año, el CGE de Entre Ríos entiende que hay un escenario distinto, en el que surgen “nuevas exigencias de los organismos impositivos del Estado nacional y provincial”, que “aconsejan que se prevean normas que aseguren con precisión la adopción de requisitos que actualmente son exigidos a todas las entidades de bien público”.
Reflexiones
Según el Cont. Fabián Zorzabal, las cooperadoras escolares manejan dineros y al igual que otros organismos que no persiguen fines de lucro, deben tener un mínimo de regulación.
Dentro de sus atribuciones está la de recibir fondos oficiales, por lo cual, si no cuentan con una clave fiscal, no solamente no podrían recibir dinero sino tampoco abrir una cuenta bancaria (Resolución N° 3850).
Partiendo de la base de que tienen un reconocimiento de la Dirección de Persona Jurídica, se tramita la CUIT y pueden abrir una cuenta bancaria a nombre del presidente, secretario y tesorero.
En diálogo con Paralelo 32, el profesional consideró que es favorable en función de lo que se exige actualmente, para estar encuadrado en las disposiciones vigentes. “Es decir que si se recibe un cheque del gobierno, se puede depositar en una cuenta bancaria. Es importante también para cumplir con las exigencias del Tribunal de Cuentas”. El problema es que muchas cooperadoras no han realizado ni siquiera el trámite para obtener la personería jurídica a nivel provincial.
En consecuencia, para poder encuadrarse deben cumplir con este último requisito y a partir de ahí, tramitar todo lo relacionado a la AFIP, especialmente CUIT y Clave Fiscal.
Finalmente señaló que las personas que están al frente tienen la misma responsabilidad que la exigida en otras instituciones, por lo cual, si se manejan con prolijidad y transparencia no tendrían que tener ningún inconveniente.
Inconvenientes posibles
Hay que admitir también que la nueva disposición ofrece algunas complicaciones. En principio, los trámites ante la Dirección de Personería Jurídica y la AFIP no se pueden hacer en nuestra ciudad, por lo cual hay que viajar a Paraná. Si bien se ha mejorado todo lo relacionado a trámites por vía informática, en estos casos se deben realizar personalmente.
Según la Resolución del CGE, es una condición sine qua non, porque si no lo hacen no recibirán más dinero de aportes privados y oficiales, porque estarían violando la norma.
Es dable aclarar que muchas cooperadoras trabajan en forma excelente, con total transparencia y cumplen con lo que actualmente se exige, pero ahora se agrega un elemento más, que a todas luces representa una complicación.
Cada vez es más difícil convocar a personas para que se integren a entidades de bien público, como es el caso de las cooperadoras. Ahora los que aceptan este desafío tienen que tener, además, la voluntad de viajar a Paraná, inscribirse en Persona Jurídica, la AFIP, llevar la contabilidad en forma ordenada, administrar la cuenta bancaria, y todo esto representa horas de trabajo para cualquiera.
En resumen, esperemos que no, pero todo indica que cuando los directivos de un establecimiento quieran formar una comisión para hacerse cargo de la cooperadora, estas exigencias pueden desalentar algunas voluntades.