Condena por peculado para dos ex funcionarios
Crespo.- Se conoció el resultado de uno de los juicios iniciados por irregularidades administrativas sobre la gestión del ex intendente Ariel Robles. En este caso, se trata de un acuerdo de juicio abreviado de los ex funcionarios César Román Escudero y Mariano Gottig con la fiscalía, que terminó siendo aprobado por la jueza de Garantías Nº6, doctora Elisa Zilli.
Condena
Román y Gottig se declararon culpables de peculado y recibieron una condena de 2 años de prisión de ejecución condicional (no quedan detenidos durante ese período) e inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos. Además, deben cumplir determinadas obligaciones, entre otras: 1º) mantener el domicilio fijado y, en caso de modificar el mismo, la obligación de informarlo; 2º) realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público a determinar por la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Superior Tribunal de Justicia, por la cantidad global de 96 horas (probation); 3º) acreditar periódicamente ante la OMA el cumplimiento de las normas antes impuestas.
El caso
Con las pruebas obtenidas durante la investigación, incluida documentación aportada desde la Municipalidad, se estableció que Gottig, mientras fue coordinador del centro de Educación Virtual y Presencial dependiente de la Subdirección municipal de Cultura, entre febrero y diciembre de 2015, utilizó las instalaciones de la Escuela Municipal de Música “Don Ramón Avero”, para la gestión, difusión y dictado de diversos cursos de capacitación laboral comercializados por Educación y Capitación Laboral S.A., a través del Centro Integral de Estudios y Capacitación (CIEC), respecto de los cuales Gottig había adquirido la franquicia. Como representante local tenía una licencia de explotación particular, “empleando durante el lapso consignado, los servicios de energía eléctrica, teléfono, agua y gas abonados por el municipio, que abastecían el edificio”, señala el fallo. En tanto a Román Escudero se lo consideró en pleno conocimiento de la inexistencia de autorización de parte del Departamento Ejecutivo ni del Consejo Deliberante para el desarrollo de tal actividad, recibiendo de parte de Gottig, en concepto de compensación, “una suma de dinero mensual, cuyo importe no ha podido determinarse con precisión, sin que se haya verificado el ingreso de tales montos a las arcas del erario municipal”, estableció el escrito de la jueza Zilli.
El peculado
El delito de peculado que se aplicó en este caso se produce cuando hay apropiación indebida de dinero o bienes pertenecientes al Estado por parte de las personas que se encargan de su control y administración. El acuerdo de juicio abreviado, en el cual los imputados reconocían el delito cometido a cambio de una disminución en la condena, fue firmado por Román y Gottig, por sus defensores José Eduardo Aranguren y
Alfredo Britos, respectivamente, y en representación del Ministerio Público Fiscal los fiscales Patricia Yedro y Martín Wasinger.