Está en vigencia nuevo sistema de registro de recién nacidos
Crespo.- El gobierno provincial, a través de los ministerios de Gobierno y Salud, y del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, implementó el nuevo Certificado Médico de Nacimiento, a los fines de garantizar el derecho a la identidad y la seguridad de todos los entrerrianos.
La impresión de los certificados está a cargo del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), que a través de un convenio provee a las provincias de esos documentos.
Cómo funciona
La ley establece que a partir del 1º de enero pasado cuando un niño nace, el médico, obstetra o enfermero debe completar el certificado, firmarlo y directamente, en vez de dárselo a los padres, lo debe remitir a la oficina de Registro Civil local, que a partir de ese momento está en conocimiento del nuevo nacimiento con la identidad de la madre y del niño.
El Registro Civil es el encargado de entregar a las maternidades los certificados de nacimiento. Estos documentos son numerados y tienen un orden correlativo. Cuando el niño nace, el profesional de la salud encargado completará el certificado al igual que lo hacía con el Formulario 18 de nacimiento, con el agregado de incorporar las huellas del pie del niño y del dedo de la mamá antes de cortar el cordón umbilical.
La norma legal indica que si los papás no van a registrar a su bebé a los 40 días de nacido, el Registro Civil desde el día 41 al 60 los notificará para hacer la inscripción. A partir del día 61, se procederá de oficio al registro del bebé si los padres no lo hicieron.
Presentación
En nuestra ciudad la jefa de Registro Civil, María Cristina Laferrara, fue la encargada de convocar a las maternidades que funcionan en el Hospital “San Francisco de Asís” y los dos nosocomios privados, Clínica Parque y Centro Médico, para una reunión informativa a mediados de diciembre. En esa oportunidad presentó los nuevos formularios donde al momento del alumbramiento debe quedar plasmada la huella dactilar de la mamá y la huella del pie del recién nacido, acción que se debe realizar antes de cortar el cordón umbilical. Se trata de un documento en papel moneda, con las características de seguridad propias de un billete, ya que se trata de un documento muy importante para la determinación de la identidad del recién nacido y es una salvaguarda ante posibles acciones de sustitución de identidad o robo de bebés.
En vigencia
En diálogo con Paralelo 32, Lafferrara señaló que desde el comienzo de año se están entregando certificados normalmente a las instituciones de salud que atienden partos. Aclaró que la nueva legislación simplifica la registración del recién nacido. “Si a los 60 días, los padres no han completado el trámite de inscripción, se realiza de oficio con los datos aportados por el certificado nuevo”, dijo.
Al ser consultada sobre el nombre del niño, la encargada del Registro Civil señaló que al nacer los padres deben dar el nombre que decidieron, el cual queda registrado en el nuevo certificado. “Pero lo pueden cambiar al momento de la inscripción definitiva, si tomaron esa determinación”, agregó. En cambio, si pasan los 60 días, con la inscripción de oficio el Registro Civil toma los datos consignados en el documento y queda el nombre inicialmente asignado.
Al responder cómo se actúa con un parto en la vía pública, en un domicilio o en cualquier situación de emergencia, donde no haya un certificado disponible, dijo Lafferrara que no está contemplado específicamente, pero señaló que a nivel general estos casos se resuelven con dos testigos del parto en el lugar que ocurre, que dan fe de la identidad de madre y niño; luego se sigue con la registración normal. Destacó que el nuevo certificado con la huella digital de la madre y la huella plantar del bebé no genera más papeleo, sino que busca dificultar e impedir los cambios de identidad de recién nacidos desde el momento mismo del parto.